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El precio de la gran mayoría de servicios y productos de consumo es libre, exceptuando el de algunos bienes y servicios básicos como el agua, la luz, el gas, el teléfono, etc. Sin embargo, la ley obliga a los establecimientos a dar la máxima información sobre los precios de los productos y los servicios, de manera que éstos puedan ser exigibles para el cliente, ya que el precio anunciado vincula al establecimiento.

Los precios de los productos

Los precios de venta deben estar indicados con carteles o etiquetas visibles, y deben estar precedidos de las siglas PVP (precio de venta al público). El precio indicado incluye los impuestos y los gastos, si hay.

El precio por unidad de medida es el precio final, incluidos los impuestos, por una unidad de medida establecida (kilo, litro, metro, metro cuadrado, metro cúbico, etc) o por unidad del producto; por ejemplo, 1,30 euros/litro o 0,80 euros/kilo. Este precio debe estar indicado en todos los productos que especifiquen la magnitud de referencia y en los productos que se comercializan por piezas o unidades.

Los precios de los servicios

Los precios de los servicios deben estar indicados con carteles o listas, y se entiende que el precio incluye los impuestos, excepto cuando se informe de lo contrario.

En el caso de los restaurantes, los precios deben exhibirse tanto al interior como en el exterior del local. En cambio, los bares únicamente deben exhibir los precios en el interior del local, de forma visible.